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Visas de Empleo Doméstico G-5 & Obligaciones Fiscales de Fin de Año

Posted by Vanessa Vidal, FPC on 2/4/13 5:30 PM

P. Soy titular de una visa G-4 y patrocino a un empleado con visa G-5. Yo no pago impuestos sobre la renta en los  Estados Unidos. ¿Debo presentar algún documento a fin de año?

Naciones UnidasMiembros del personal de organizaciones internacionales dentro del territorio de los EE.UU. no están obligados a pagar impuestos por sus ingresos, sin embargo, cuando se convierten en patrocinadores de un empleado con visa G-5, deben presentar y pagar impuestos correspondientes al empleo de éste. Los impuestos federales son reportados y pagados mediante el Formulario 1040 Anexo H. Si no está sujeto a impuestos sobre la renta de EE.UU., este formulario debe ser presentado como documento individual y pagado al Gobierno Federal a más tardar el 15 de abril.


P: Sé que mi empleado G-5 está obligado a presentar una declaración de impuestos. ¿Tengo alguna responsabilidad como su empleador?

Empleados domésticos, con visa G-5, admitidos a los Estados Unidos para trabajar con el personal de las organizaciones internacionales y misiones, deben pagar impuestos a la renta sobre los salarios en Estados Unidos.
Tener el privilegio de patrocinar un G-5 trae consigo obligaciones importantes. Además de pagar el salario mínimo obligatorio, seguir las normas de conducta y demás requerimientos, es asimismo obligación de los G-4 asegurarse que el G-5 que patrocinan haga correctamente su declaración de impuestos sobre la renta.

P. ¿Qué documentos necesita mi empleado?

Los empleados domésticos con visa G-5 deben presentar sus declaraciones de impuestos del año anterior, antes del 15 de abril. Para presentar éstas declaraciones deben llenar el Formulario 1040NR, Formulario 1040NR-EZ, Formulario 1040 o el Formulario 1040EZ dependiendo de su estatus de residencia del año fiscal.

IMPORTANTE: El no presentar y/o pagar correctamente sus impuestos en los  Estados Unidos, hará que le sea negada la solicitud de renovación o extensión de la visa por el Departamento de Estado Unidos.

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Más información:   Publicación 519 del IRS    Publicación 515 del IRS

Topics: Empleado domestico G5, G5 domestic, GV domestic

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